Familiares

Autorización de Residencia Temporal de familiares de españoles.

Quieres saber quien puede pedir esta tarjeta, sigue leyendo.

Pueden pedir esta tarjeta los siguientes familiares:


• Cónyuge del español/a
• Pareja Inscrita en un Registro Público de Parejas de hecho de español/a
• Pareja estable debidamente acreditada del español/a (bien a través de
convivencia o si tiene hijos en común)
• Hijos menores de 26 años o mayores de dicha edad a cargo del español
• Ascendientes en primer grado a cargo y carezcan de apoyo familiar en el país de
origen. Se entenderán que se encuentran a cargo cuando tengan 80 años. (Se ha
aumentado considerablemente la edad)
• Padre/madre/tutor de un menor de edad español.
• Cuidador de la persona español que tenga reconocido alguno de los grados de
dependencia reconocidos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre (la conocida ley
de dependencia)
• Hijos de padre o madre que sean o hayan sido españoles de origen (se elimina el
concepto de originariamente)
• Otros miembros de la familia, es decir, el famoso concepto de «familia extensa»
que se encuentren a cargo.

Es un permiso de 5 años con el que se podrá trabajar y vivir en España.

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